Representación ante tribunales federales

Defensa penal federal en Nueva Jersey

Si está bajo investigación federal o le acusan en el Tribunal de Distrito de EE. UU. para el Distrito de Nueva Jersey, DiLibero & Associates puede representarle. Dylan C. DiLibero, Esq., comparece en el Distrito de Nueva Jersey. Nuestra práctica en Nueva Jersey se limita al tribunal federal. No llevamos asuntos de los tribunales estatales de Nueva Jersey.

El Tribunal de Distrito de EE. UU. para el Distrito de Nueva Jersey

Nueva Jersey es un solo distrito judicial federal. Por ley, el tribunal tiene sedes en Camden, Newark y Trenton. Los documentos de su caso indicarán en qué sede está.

Sede judicialDirecciónTeléfono
Newark: Martin Luther King Building & U.S. Courthouse50 Walnut Street, Newark, NJ 07102973-645-3730
Trenton: Clarkson S. Fisher Building & U.S. Courthouse402 East State Street, Trenton, NJ 08608609-989-2065
Camden: Mitchell H. Cohen Building & U.S. Courthouse4th & Cooper Streets, Camden, NJ 08101856-757-5021

Quién presenta los casos federales en Nueva Jersey

Los delitos federales en Nueva Jersey los presenta el Fiscal Federal de EE. UU. para el Distrito de Nueva Jersey (U.S. Attorney). Se nombra un Fiscal Federal para cada distrito judicial federal, que persigue dentro de él los delitos contra los Estados Unidos.

Investigaciones federales

Muchos casos federales comienzan mucho antes de un arresto. Los agentes entrevistan a testigos y reúnen registros, y la fiscalía puede presentar pruebas ante un gran jurado. Puede enterarse de una investigación por primera vez por una visita de agentes, una citación del gran jurado o una carta de un fiscal.

Los fiscales federales usan dos etiquetas que importan. Un sujeto (subject) es una persona cuya conducta está dentro del alcance de la investigación del gran jurado. Un objetivo (target) es una persona a la que la fiscalía o el gran jurado vincula con un delito mediante pruebas sustanciales y que la fiscalía considera un probable acusado.

La política del Departamento de Justicia anima a los fiscales, en los casos apropiados, a avisar a un objetivo antes de pedir una acusación formal, para que la persona tenga la oportunidad de testificar. Un aviso escrito de este tipo suele llamarse carta de objetivo (target letter).

Si los agentes se comunican con usted, o recibe una citación o una carta de objetivo, hable con un abogado antes de responder preguntas o entregar nada. Las primeras decisiones en una investigación pueden definir todo el caso.

La acusación formal y la rapidez de un caso federal

Un delito grave federal, es decir, un delito castigado con más de un año de prisión, debe imputarse mediante una acusación formal de un gran jurado. Usted puede renunciar a la acusación formal en audiencia pública y aceptar que se le acuse mediante un documento llamado acusación escrita (information).

La Ley de Juicio Rápido fija plazos. Por lo general, la acusación formal o escrita debe presentarse dentro de los 30 días siguientes al arresto o a la entrega de una citación. Por lo general, el juicio debe comenzar dentro de los 70 días siguientes a la acusación o a su primera comparecencia, lo que ocurra después.

Esos plazos tienen muchas exclusiones. Por ejemplo, no cuenta la demora causada por una moción previa al juicio, desde su presentación hasta la audiencia u otra decisión oportuna.

Detención y libertad según el 18 U.S.C. § 3142

Después de un arresto, un juez decide si usted quedará en libertad antes del juicio. El tribunal debe dejarle en libertad bajo palabra o con una fianza sin garantía, salvo que eso no garantice razonablemente su comparecencia o ponga en peligro la seguridad de otras personas. Si hace falta, el tribunal puede añadir condiciones.

El gobierno puede pedir la detención en ciertos casos. Entre ellos están los delitos violentos, los delitos castigados con cadena perpetua o pena de muerte, los delitos de drogas castigados con 10 años o más y los casos con un riesgo serio de que la persona huya.

La audiencia de detención se celebra en su primera comparecencia, salvo que se conceda un aplazamiento. Salvo causa justificada, la defensa puede obtener hasta cinco días y el gobierno hasta tres, sin contar fines de semana ni feriados. Usted permanece detenido durante el aplazamiento.

En los delitos de drogas castigados con 10 años o más y en los cargos según el 18 U.S.C. § 924(c), la ley presume que ninguna condición funcionará si hay causa probable. Usted puede rebatir esa presunción. Para ordenar su detención por peligrosidad, el tribunal debe encontrar pruebas claras y convincentes de que ninguna condición garantizará razonablemente la seguridad de otras personas.

Para decidir sobre la libertad o la detención, el tribunal sopesa estos factores:

  • La naturaleza y las circunstancias del cargo
  • El peso de las pruebas
  • Su historial y características, incluidos los lazos familiares, el trabajo y los antecedentes
  • La naturaleza y la gravedad de cualquier peligro que supondría su libertad

Acuerdos de culpabilidad según la Regla 11

La Regla 11 de las Reglas Federales de Procedimiento Penal describe los tipos de acuerdos de culpabilidad. En uno, el gobierno se compromete a recomendar una sentencia, o a no oponerse a su solicitud. Esa recomendación no obliga al juez, y usted no puede retirar su alegación si el juez no la sigue.

En otro, las partes acuerdan una sentencia o un rango de sentencia concretos. Ese acuerdo obliga al juez una vez que lo acepta. El juez también puede rechazarlo y, si eso ocurre, se le debe dar la oportunidad de retirar su alegación.

Antes de aceptar cualquier alegación de culpabilidad, el juez debe dirigirse a usted personalmente en audiencia pública. El juez debe asegurarse de que usted entiende los derechos a los que renuncia y las penas a las que se enfrenta.

Sentencia

Después de una alegación o un veredicto de culpabilidad, un oficial de libertad condicional suele preparar un informe previo a la sentencia. Usted y su abogado deben recibirlo al menos 35 días antes de la sentencia, salvo que renuncie a ese plazo. Las objeciones deben presentarse por escrito dentro de los 14 días siguientes a recibirlo.

El juez debe imponer una sentencia suficiente, pero no mayor de lo necesario, para cumplir los fines de la pena. El juez considera los factores del 18 U.S.C. § 3553(a), incluidos la naturaleza del delito, su historial y características, y el rango de las pautas de sentencia.

Las apelaciones van al Tercer Circuito

Las apelaciones del Distrito de Nueva Jersey van al Tribunal de Apelaciones de EE. UU. para el Tercer Circuito. En un caso penal, el aviso de apelación del acusado por lo general debe presentarse en el tribunal de distrito dentro de los 14 días siguientes a que se registre la sentencia.

Estamos admitidos en el Tercer Circuito, así que el mismo abogado puede llevar un caso federal de Nueva Jersey desde el tribunal de distrito hasta la apelación. Si puede hacer falta una apelación, lo planteamos pronto porque el plazo es corto.

Nuestra práctica en Nueva Jersey

Nuestra práctica en Nueva Jersey se limita al tribunal federal. No llevamos asuntos de los tribunales estatales de Nueva Jersey. Si su caso está en un tribunal estatal de Nueva Jersey, necesita un abogado con licencia para ejercer allí.

Dylan C. DiLibero, Esq., comparece en los Tribunales de Distrito de EE. UU. de Rhode Island, Massachusetts y Nueva Jersey, y en los Tribunales de Apelaciones de EE. UU. para el Primer, el Segundo y el Tercer Circuito. Nuestra oficina está en 130 Dorrance Street, en el centro de Providence.

Preguntas frecuentes

No. Nuestra práctica en Nueva Jersey se limita al tribunal federal. No llevamos asuntos de los tribunales estatales de Nueva Jersey.

El Tribunal de Distrito de EE. UU. para el Distrito de Nueva Jersey tiene sedes en Newark, Trenton y Camden. Consulte su citación, su acusación formal o el aviso del tribunal para saber cuál es su sede.

Es un aviso de un fiscal federal de que usted es un objetivo (target), es decir, alguien a quien la fiscalía o el gran jurado vincula con un delito mediante pruebas sustanciales y que probablemente será acusado. Llame a un abogado antes de responder.

No necesariamente. El tribunal debe dejarle en libertad, salvo que la libertad no garantice razonablemente su comparecencia o la seguridad de otras personas. En algunos casos de drogas y armas de fuego, la ley presume la detención, y usted tiene la oportunidad de rebatir esa presunción.

Sí. Las apelaciones del Distrito de Nueva Jersey van al Tercer Circuito, y estamos admitidos allí. En un caso penal, el aviso de apelación por lo general vence dentro de los 14 días siguientes a la sentencia, así que llámenos lo antes posible.

Por lo general, la Ley de Juicio Rápido (Speedy Trial Act) exige una acusación formal dentro de los 30 días siguientes al arresto y un juicio dentro de 70 días, pero muchos períodos de demora se excluyen de esos plazos.

Siguiente paso

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Llame al 401-621-9700 o envíenos un mensaje. La primera conversación es gratuita. Respondemos. Escuchamos. Luchamos.

130 Dorrance Street, Providence, RI 02903 · De lunes a viernes, de 8:00 a. m. a 4:00 p. m.